TAI 2017. Bloque I. Organización del Estado y Administración electrónica - La web de emijrp
El Bloque I. Organización del Estado y Administración electrónica de las Oposiciones a TAI 2017 se compone de 11 temas.
Tema 1
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones constitucionales del Rey.
Fechas destacadas
- 31 de octubre de 1978 (aprobación por las Cortes Generales: Congreso y Senado)
- 6 de diciembre de 1978 (ratificada mediante referendum por el pueblo español)
- 27 de diciembre de 1978 (sancionada y promulgada por el rey)
- 29 de diciembre de 1978 (publicada en el BOE y entrada en vigor)
- 27 de agosto de 1992 (reforma del artículo 13.2: derecho de sufragio pasivo a los extranjeros)
- 27 de septiembre de 2011 (reforma del artículo 135: estabilidad presupuestaria)
Estructura
Las estructura formal de la Constitución es la siguiente.
La parte dogmática la componen el título preliminar y el título I, referentes a los principios constitucionales y los derechos fundamentales. La parte orgánica la componen los títulos del II al X, referentes a la división de poderes y la organización política y territorial del Estado. La Constitución cuenta con 169 artículos y su estructura es la siguiente.
El preámbulo no es de aplicación directa por ser ambiguo. |
Los títulos se dividen de la siguiente forma.
Los Títulos I, III y VIII se dividen en capítulos. El Título I además se divide en secciones. |
- Constitución Española de 1978 (51 páginas)
- Fechas importantes (6 minutos)
- Características y estructura (10 minutos)
- Derechos y deberes fundamentales (Título I de la Constitución)
- Su garantía y suspensión (Capítulos IV y V del Título I de la Constitución)
- La Jefatura del Estado. La Corona (Título II de la Constitución)
- La Corona (22 minutos)
- Funciones constitucionales del Rey (Artículo 62 de la Constitución)
Artículos destacados
Título preliminar
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- Artículo 1.
- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
- La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
- La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
- Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
- Artículo 3.
- El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
- Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
- La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
- Artículo 4.
- La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
- Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.
- Artículo 5. La capital del Estado es la villa de Madrid.
- Artículo 6. Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
- Artículo 7. Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
- Artículo 8.
- Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
- Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.
- Artículo 9.
- Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.
- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
- La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
- Artículo 10.
- 3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España.
- Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Artículo 15. Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
- Artículo 16.
- Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
- Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
- Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
- Artículo 17.
- 2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
- 3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca.
- Artículo 18.
- 3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
- 4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
- Artículo 20.
- Se reconocen y protegen los derechos: a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
- El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
- Artículo 21. 1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará de autorización previa.
- Artículo 27. 1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
- Artículo 28.
- Todos tienen derecho a sindicarse libremente.
- Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses.
- Artículo 35. 1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo.
- Artículo 47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- Artículo 54. Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título [Título I], a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.
Título II. De la corona
- Artículo 56.
- 1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
- 3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.
- Artículo 57.
- 1. [...] La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
- 4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
- Artículo 59.
- 3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
- 5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
- Artículo 61.
- 1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
- Artículo 62. Corresponde al Rey:
- a) Sancionar y promulgar las leyes.
- b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
- c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
- d) Proponer el candidato a Presidente de Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
- h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
- Artículo 64.
- Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno, y en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
- De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Tema 2
Tema 2. Las Cortes Generales. Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones. El Defensor del Pueblo.
- Las Cortes Generales (Título III de la Constitución)
- Las Cámaras (35 minutos)
- La elaboración de las leyes (34 minutos)
- Atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado (Título III de la Constitución)
- El Tribunal Constitucional. Composición y atribuciones (Título IX de la Constitución)
- Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo (5 páginas)
Artículos destacados
Título III. De las Cortes Generales
- Artículo 66.
- Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado.
- Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.
- Las Cortes Generales son inviolables.
- Artículo 67.
- 1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso.
- Artículo 68.
- 1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.
- 2. La circunscripción electoral es la provincia. [...]
- 4. El Congreso es elegido por cuatro años. [...]
- Artículo 69.
- 1. El Senado es la Cámara de representación territorial.
- 2. En cada provincia se elegirán cuatro Senadores [...]
- 6. El Senado es elegido por cuatro años. [...]
- Del Artículo 81 al 92 (Capítulo Segundo: De la elaboración de las leyes) resumido en el Tema 6.
Título IX. Del Tribunal Constitucional
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- Artículo 159.
- 1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
- 2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.
- 3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres.
- Artículo 160. El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.
- Artículo 162. Están legitimados:
- a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejectivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.
- b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
Según el Título I. De los derechos y deberes fundamentales de la Constitución:
- Artículo 54. Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título [Título I], a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.
Tema 3
Tema 3. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
- El Gobierno (Título IV de la Constitución)
- Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales (Título V de la Constitución)
Estado de alarma, excepción y sitio
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
Artículo 116.
- 1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
- 2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
- 3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.
- 4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.
- 5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados. Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.
- 6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y de sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.
Tema 4
Tema 4. El Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (31 páginas)
Gobierno Abierto
El Gobierno Abierto tiene como objetivo que los ciudadanos colaboren en la creación y la mejora de los servicios públicos y en el robustecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas. El concepto de Gobierno Abierto se sustenta en tres pilares básicos: la transparencia, la colaboración y la participación.[1]
- La ley de transparencia tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos. La ley se aplica a todas las administraciones públicas y el sector público estatal, así como a la Casa de Su Majestad el Rey, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Congreso de los Diputados, el Senado, el Banco de España, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social y las instituciones autonómicas análogas, en relación con las actividades sujetas a Derecho Administrativo.
- La reutilización de la información del sector público (RISP) consiste en el uso por parte de personas físicas o jurídicas, de los datos generados y custodiados por los organismos del sector público, con fines comerciales o no.[2] Los conjuntos de datos se publican en el portal datos.gob.es.
El IV Plan de Gobierno Abierto se desarrollará entre 2019 y 2021.
Ley de transparencia
Artículo 1. Objeto. Esta ley tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene las siguientes funciones (Título III de la Ley de transparencia):
- a) Adoptar recomendaciones para el mejor cumplimiento de las obligaciones contenidas en esta Ley.
- b) Asesorar en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- c) Informar preceptivamente los proyectos normativos de carácter estatal que desarrollen esta Ley o que estén relacionados con su objeto.
- d) Evaluar el grado de aplicación de esta Ley. Para ello, elaborará anualmente una memoria en la que se incluirá información sobre el cumplimiento de las obligaciones previstas y que será presentada ante las Cortes Generales.
- e) Promover la elaboración de borradores de recomendaciones y de directrices y normas de desarrollo de buenas prácticas en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- f) Promover actividades de formación y sensibilización para un mejor conocimiento de las materias reguladas por esta Ley.
- g) Colaborar, en las materias que le son propias, con órganos de naturaleza análoga.
- h) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o reglamentario.
Artículo 14. Limitaciones al derecho de acceso. a) La seguridad nacional b) La defensa c) Las relaciones exteriores d) La seguridad pública e) La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios f) La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva g) Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control h) Los intereses económicos y comerciales i) La política económica y monetaria j) El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial k) La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión l) La protección del medio ambiente.
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
Artículo 36. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno. 1) La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno ejercerá todas las competencias que le asigna esta Ley, así como aquellas que les sean atribuidas en su normativa de desarrollo. 2) Dicha Comisión estará compuesta por: a) El Presidente b) Un Diputado c) Un Senador d) Un representante del Tribunal de Cuentas e) Un representante del Defensor del Pueblo f) Un representante de la Agencia Española de Protección de Datos g) Un representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas h) Un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal
El portal de transparencia es transparencia.gob.es. Depende del Ministerio de la Presidencia. Incluye la información de la Administración General del Estado cuyo acceso se solicita con mayor frecuencia. Los principios técnicos que siguen son: accesibilidad (información estructurada sobre los documentos para facilitar la búsqueda), interoperabilidad (será conforme al Esquema Nacional de Interoperabilidad), reutilización (publicación en formatos reutilizables).
Tema 5
Tema 5. La Administración pública: principios constitucionales informadores. La Administración General del Estado: organización y personal a su servicio. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleo Público y demás normativa vigente. Las Comunidades Autónomas y la Administración local: regulación constitucional.
Título VIII. De la Organización Territorial del Estado
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- Artículo 147.
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- Artículo 153.
Tema 6
Tema 6. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.
Leyes
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
La Constitución es la norma suprema.
Diferencias entre decreto-ley y decreto legislativo:
- Un Real Decreto-ley es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo (Gobierno), sin contar con la autorización previa del poder legislativo (Congreso). El decreto-ley puede ser dictado por razones de urgencia (aunque esto lo decide el mismo Gobierno), requiriendo de la convalidación por parte del poder legislativo con posterioridad (en el plazo de 30 días). Los decreto-ley no pueden afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al Derecho Electoral general.
- Un Real Decreto legislativo o decreto con fuerza de ley (DFL) es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo (Gobierno), por delegación expresa por el poder legislativo (Congreso, mediante ley ordinaria).
Una explicación en vídeo.
Diferencias entre ley orgánica y ley ordinaria:
- Una ley orgánica requiere de la mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución.
- Una ley ordinaria es aquella que no requiere trámites especiales para ser aprobada y trata sobre materias no reservadas a las leyes orgánicas. Requieren mayoría simple del Congreso.
Una explicación en vídeo.
Una ley de bases es aquella que emanada de las Cortes Generales delega en el Gobierno la potestad legislativa para formar un texto articulado. La delegación está definida para una materia en concreto y por un tiempo determinado. No podrá regular sobre materias reservadas a las leyes orgánicas. No puede autorizar la modificación de la propia ley de bases. No puede dictar normas con carácter retroactivo.
Artículo 91. El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación.
Reglamentos, directivas y otros actos legislativos
Los objetivos de los Tratados de la Unión Europea se alcanzan por medio de distintos tipos de actos legislativos. Algunos son vinculantes y otros no. Algunos se aplican a todos los países de la Unión Europea y otros sólo a unos pocos.[3]
- Reglamento: acto legislativo vinculante, debe aplicarse en su integridad en toda la UE.
- Directiva: acto legislativo que establece objetivos que todos los países de la UE deben cumplir, pero cada país elabora sus propias leyes para alcanzar dichos objetivos.
- Decisión: es vinculante para aquellos a los que va dirigido (un país de la UE o una empresa concreta) y son directamente aplicables.
- Recomendación: no es vinculante. Da a conocer el punto de vista de una institución y hacer sugerencias sin imposición legal.
- Dictamen: declaración no vinculante. Puede emitirlo las principales instituciones de la UE (Comisión, Consejo, Parlamento), el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social Europeo.
Mayorías
- La mayoría absoluta es aquella en la que hay la mitad + 1 de votos favorables del total de escaños del Congreso, es decir, 175 + 1 = 176. No es necesario quorum mínimo.
- La mayoría simple es aquella en la que hay más votos a favor que en contra (no cuentan las abstenciones). Requiere quorum mínimo (la mitad? 175?).
- La mayoría cualificada es aquella que tiene 2/3, 3/5, etc, de votos favorables. No requiere quorum mínimo.
Tema 7
Tema 7. Políticas de igualdad de género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Discapacidad y dependencia.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (39 páginas)
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (59 páginas)
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (39 páginas)
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- Sociedad de la Información e igualdad
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
- La composición de la Comisión contra la Violencia de Género del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud estará compuesta por representantes de todas las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.
Tema 8
Tema 8. La sociedad de la información. Identidad y firma electrónica: régimen jurídico. El DNI electrónico.
- Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (36 páginas)
- Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica (29 páginas)
Comercio electrónico
Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
Pregunta relacionada en
2014 (PI)
- Artículo 39. Sanciones. a) Por la comisión de infracciones muy graves, multa de 150.001 hasta 600.000 euros. b) Por la comisión de infracciones graves, multa de 30.001 hasta 150.000 euros. c) Por la comisión de infracciones leves, multa de hasta 30.000 euros.
- Artículo 45. Prescripción. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año.
Firma electrónica
La firma digital es un conjunto de datos asociados a un mensaje que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del mensaje.
Pregunta relacionada en
2015 (PI)
Un dispositivo de creación de firma es seguro si:
- Los datos para la generación de firma pueden producirse solo una vez y no pueden deducirse de los de verificación de firma o de la misma firma
- Los datos de creación de firma pueden ser protegidos contra su utilización por terceros
- El dispositivo no altera los datos o el documento a firmar, ni impide que sea mostrado al firmante antes de firmar
Algunos artículos destacados:
- Artículo 3. La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
- Artículo 6. Un certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad. El firmante es la persona que utiliza un dispositivo de creación de firma y que actúa en nombre propio o en nombre de una persona física o jurídica a la que representa.
- Artículo 11. Son certificados reconocidos los certificados electrónicos expedidos por un prestador de servicios de certificación que cumpla los requisitos establecidos en esta ley en cuanto a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes y a la fiabilidad y las garantías de los servicios de certificación que presten.
- Artículo 15. El documento nacional de identidad electrónico es el documento nacional de identidad que acredita electrónicamente la identidad personal de su titular y permite la firma electrónica de documentos.
Tipos de firmas:[4]
- Firma electrónica: conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
- Firma electrónica avanzada: firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados.
- Firma electrónica reconocida: firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma.
Pregunta relacionada en
2016 (IL) 2016 (PI)
- Artículo 32. Sanciones. a) Por la comisión de infracciones muy graves, se impondrá al infractor multa de 150.001 a 600.000 euros. b) Por la comisión de infracciones graves, se impondrá al infractor multa de 30.001 a 150.000 euros. c) Por la comisión de infracciones leves, se impondrá al infractor una multa por importe de hasta 30.000 euros.
DNI electrónico
El DNI electrónico permite acreditar electrónicamente y de forma inequívoca la identidad, y firmar digitalmente documentos electrónicos. El chip del DNIe contiene los mismos datos que aparecen impresos en la tarjeta, junto con los certificados de autenticación y de firma electrónica.[5]
Pregunta relacionada en
2016 (IL) 2016 (PI)
La validez del DNI es la siguiente:
- Dos años, cuando el solicitante no haya cumplido los cinco años de edad.
- Cinco años, cuando el titular haya cumplido los cinco años de edad y no haya alcanzado los treinta.
- Diez años, cuando el titular haya cumplido los treinta y no haya alcanzado los setenta.
- Validez permanente desde los setenta años.
Los certificados del DNI electrónico tienen validez de hasta 5 años. Con el DNIe se obtienen dos certificados:
- Certificado de autenticación: garantiza electrónicamente la identidad del ciudadano al realizar una transacción telemática.
- Certificado de firma: permite la firma de trámites o documentos, sustituyendo a la firma manuscrita.
Pregunta relacionada en
2014 (PI)
Datos criptográficos:
- Clave RSA pública de autenticación (Digital Signature)
- Clave RSA pública de no repudio (Content Commitment)
- Clave RSA privada de autenticación (Digital Signature)
- Clave RSA privada de firma (Content Commitment)
- Clave pública de root CA para certificados card-verificables
- Claves Diffie-Hellman
- Patrón dactilar
Los certificados de identidad pública contenidos en el DNIe son emitidos como certificados reconocidos, vinculando una serie de datos personales del ciudadano a unas determinadas claves, garantizando la autenticidad, integridad y no repudio.
Zonas de acceso:
- Zona pública: accesible en lectura sin restricciones. Certificado CA, claves Diffie-Hellman, certificado x509 de componente.
- Zona privada: accesible en lectura por el ciudadano mediante clave o PIN. Certificado de firma, certificado de autenticación.
- Zona de seguridad: accesible en lectura por el ciudadano en los puntos de actualización de DNIe. Datos de filiación, fotografía y firma.
El DNIe requiere de un ordenador y un lector de tarjetas inteligentes. Se puede usar en Windows (instalando el servicio CryptographicServiceProvider) y en Unix/Linux/MAC (con el módulo PKCS#11).
Sello electrónico
Existen tres tipos de sellos electrónicos: sello electrónico, sello electrónico avanzado y sello electrónico reconocido/cualificado.
Tema 9
Tema 9. La protección de datos personales. Régimen jurídico. El Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Principios y derechos. La Agencia de Protección de Datos: competencias y funciones.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (12 páginas)
- Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (53 páginas)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (88 páginas)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (70 páginas)
Agencia de Protección de Datos
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2016 (PI)
La Agencia de Protección de Datos es un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las Administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones.
El Director de la Agencia de Protección de Datos dirige la Agencia y ostenta su representación. Será nombrado, de entre quienes componen el Consejo Consultivo, mediante Real Decreto, por un período de cuatro años.
Pregunta relacionada en
2015 (IL)
Componen el consejo consultivo:
- Un Diputado, propuesto por el Congreso de los Diputados.
- Un Senador, propuesto por el Senado.
- Un representante de la Administración Central, designado por el Gobierno.
- Un representante de la Administración Local, propuesto por la Federación Española de Municipios y Provincias.
- Un miembro de la Real Academia de la Historia, propuesto por la misma.
- Un experto en la materia, propuesto por el Consejo Superior de Universidades.
- Un representante de los usuarios y consumidores, seleccionado del modo que se prevea reglamentariamente.
- Un representante de cada Comunidad Autónoma que haya creado una agencia de protección de datos en su ámbito territorial, propuesto de acuerdo con el procedimiento que establezca la respectiva Comunidad Autónoma.
- Un representante del sector de ficheros privados, para cuya propuesta se seguirá el procedimiento que se regule reglamentariamente.
Algunas definiciones importantes:[6]
- Dato de carácter personal: toda información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
- Persona identificable: toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador (nombre, número, datos de localización) o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona.
- Tratamiento de datos: operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias.
- Fichero: todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.
- Responsable del fichero o del tratamiento: persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, u órgano administrativo, que decida sobre la finalidad, contenido y uso del tratamiento.
- Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
- Afectado o interesado: persona física titular de los datos que sean objeto del tratamiento a que se refiere el apartado c) del presente artículo.
- Tercero: persona física o jurídica distinta del interesado, responsable del tratamiento, encargado del tratamiento y otras personas autorizadas a tratar los datos personales.
- Consentimiento del interesado: toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen.
- Cesión o comunicación de datos: toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado.
- Procedimiento de disociación: todo tratamiento de datos personales de modo que la información que se obtenga no pueda asociarse a persona identificada o identificable.
- Seudonimización: tratamiento de datos personales de manera que ya no puedan atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional.
- Fuentes accesibles al público: aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada, por cualquier persona, no impedida por una norma limitativa o sin más exigencia que, en su caso, el abono de una contraprestación.
Algunas funciones de la Agencia de Protección de Datos:
- Velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos.
- Atender las peticiones y reclamaciones formuladas por las personas afectadas.
- Ejercer la potestad sancionadora en los términos previstos por el Título VII de la ley.
- Redactar una memoria anual y remitirla al Ministerio de Justicia.
Pregunta relacionada en
2015 (PI)
Calidad de los datos:
- Los datos de carácter personal deberán ser tratados de forma leal y lícita. Se prohíbe la recogida de datos por medios fraudulentos, desleales o ilícitos.
- Los datos de carácter personal sólo podrán ser recogidos para el cumplimiento de finalidades determinadas, explícitas y legítimas del responsable del tratamiento.
- Los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos.
- Sólo podrán ser objeto de tratamiento los datos que sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido.
- Los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado. Si los datos fueran recogidos directamente del afectado, se considerarán exactos los facilitados por éste.
- Los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados o registrados.
- Los datos de carácter personal serán tratados de forma que permitan el ejercicio del derecho de acceso, en tanto no proceda su cancelación.
Pregunta relacionada en
2014 (PI)
Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición son personalísimos y serán ejercidos por el afectado, o en ciertos casos por su representante legal (acreditado) o representante voluntario (expresamente designado).
Se trata de derechos independientes, ninguno es requisito previo para ejercer el otro. Deberá ofrecerse al interesado un medio sencillo y gratuito para ejercerlos.
Sanciones de la Agencia de Protección de Datos:
- Los responsables de los ficheros y los encargados de los tratamientos estarán sujetos al régimen sancionador
- Las infracciones se calificarán como leves, graves o muy graves
- Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 900 a 40.000 euros. Prescriben en el plazo de un año.
- Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 40.001 a 300.000 euros. Prescriben a los dos años.
- Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 300.001 a 600.000 euros. Prescriben a los tres años.
Pregunta relacionada en
2015 (PI)
Fuentes accesibles al público:
- El censo promocional
- Las guías de servicios de comunicaciones electrónicas
- Las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales si contienen solo el nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección profesional
- Los diarios y boletines oficiales
- Los medios de comunicación social
- Aquellas cuya consulta pueda ser realizadas por cualquiera, no impedida por ninguna norma, y que en su caso solo requiera el abono de una contraprestación
Tema 10
Tema 10. Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y normativa de desarrollo. La gestión electrónica de los procedimientos administrativos: registros, notificaciones y uso de medios electrónicos. Esquema Nacional de Seguridad y de Interoperabilidad.
- Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (33 páginas)
- Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica
- Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica
- Resolución de 3 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares (11 páginas)
Esquema Nacional de Seguridad
El Esquema Nacional de Seguridad está constituido por los principios básicos y requisitos mínimos requeridos para una protección adecuada de la información. Será aplicado por las Administraciones públicas para asegurar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de los datos, informaciones y servicios utilizados en medios electrónicos que gestionen en el ejercicio de sus competencias.
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
Artículo 4. Principios básicos del Esquema Nacional de Seguridad. El objeto último de la seguridad de la información es asegurar que una organización administrativa podrá cumplir sus objetivos utilizando sistemas de información. En las decisiones en materia de seguridad deberán tenerse en cuenta los siguientes principios básicos: a) Seguridad integral. b) Gestión de riesgos. c) Prevención, reacción y recuperación. d) Líneas de defensa. e) Reevaluación periódica. f) Función diferenciada.
Artículo 11. Requisitos mínimos de seguridad: a) Organización e implantación del proceso de seguridad. b) Análisis y gestión de los riesgos. c) Gestión de personal. d) Profesionalidad. e) Autorización y control de los accesos. f) Protección de las instalaciones. g) Adquisición de productos. h) Seguridad por defecto. i) Integridad y actualización del sistema. j) Protección de la información almacenada y en tránsito. k) Prevención ante otros sistemas de información interconectados. l) Registro de actividad. m) Incidentes de seguridad. n) Continuidad de la actividad. o) Mejora continua del proceso de seguridad.
Glosario del Esquema Nacional de Seguridad:
- CCN: Centro Criptológico Nacional
- CERT: Computer Emergency Reaction Team
- INTECO: Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación
- STIC: Seguridad de las Tecnologías de Información y Comunicaciones
- Auditoria de la seguridad: revisión y examen independientes de los registros y actividades del sistema para verificar la idoneidad de los controles del sistema, asegurar que se cumplen la política de seguridad y los procedimientos operativos establecidos, detectar las infracciones de seguridad y recomendar modificaciones apropiadas de los controles, de la política y de los procedimientos.
- Autenticidad: propiedad o característica consistente en que una entidad es quien dice ser o bien que garantiza la fuente de la que proceden los datos.
- Confidencialidad: propiedad o característica consistente en que la información ni se pone a disposición, ni se revela a individuos, entidades o procesos no autorizados.
- Disponibilidad: propiedad o característica de los activos consistente en que las entidades o procesos autorizados tienen acceso a los mismos cuando lo requieren.
- Firma electrónica: conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
- Incidente de seguridad: suceso inesperado o no deseado con consecuencias en detrimento de la seguridad del sistema de información.
- Integridad: propiedad o característica consistente en que el activo de información no ha sido alterado de manera no autorizada.
- Medidas de seguridad: conjunto de disposiciones encaminadas a protegerse de los riesgos posibles sobre el sistema de información, con el fin de asegurar sus objetivos de seguridad. Puede tratarse de medidas de prevención, de disuasión, de protección, de detección y reacción, o de recuperación.
- Política de firma electrónica: conjunto de normas de seguridad, de organización, técnicas y legales para determinar cómo se generan, verifican y gestionan firmas electrónicas, incluyendo las características exigibles a los certificados de firma.
- Política de seguridad: conjunto de directrices plasmadas en documento escrito, que rigen la forma en que una organización gestiona y protege la información y los servicios que considera críticos.
- Riesgo: estimación del grado de exposición a que una amenaza se materialice sobre uno o más activos causando daños o perjuicios a la organización.
- Sistema de información: conjunto organizado de recursos para que la información se pueda recoger, almacenar, procesar o tratar, mantener, usar, compartir, distribuir, poner a disposición, presentar o transmitir.
- Trazabilidad: propiedad o característica consistente en que las actuaciones de una entidad pueden ser imputadas exclusivamente a dicha entidad.
- Vulnerabilidad: una debilidad que puede ser aprovechada por una amenaza.
Las medidas de seguridad del Esquema Nacional de Seguridad se dividen en: marco organizativo, marco operacional y medidas de protección.
Esquema Nacional de Interoperabilidad
Pregunta relacionada en
2014 (PI)
El Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI) es el conjunto de criterios y recomendaciones que deben ser tenidos en cuenta por las administraciones públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad.
La interoperabilidad es la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.
El Esquema Nacional de Interoperabilidad comprenderá los criteros y recomendaciones de seguridad, normalización y conservación de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las administraciones públicas para asegurar un adecuado nivel de interoperabilidad organizativa, semántica y técnica de los datos, informaciones y servicios que gestionen en el ejercicio de sus competencias y para evitar la discriminación a los ciudadanos por razón de su elección tecnológica.
Los principios básicos son: a) La interoperabilidad como cualidad integral. b) Carácter multidimiensional de la interoperabilidad. c) Enfoque de soluciones multilaterales.
Glosario del Esquema Nacional de Interoperabilidad:
- Aplicación de fuentes abiertas: aquella que se distribuye con una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros usuarios.
- Cadena de interoperabilidad: expresión de la interoperabilidad en el despliegue de los sistemas y los servicios como una sucesión de elementos enlazados e interconectados, de forma dinámica, a través de interfaces y con proyección a las dimensiones técnica, semántica y organizativa.
- Documento electrónico: información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado.
- Estándar abierto: aquel que reune las siguientes condiciones. a) Que sea público y su utilización sea disponible de manera gratuita o a un coste que no suponga una dificultad de acceso. b) Que su uso y aplicación no esté condicionado al pago de un derecho de propiedad intelectual o industrial.
- Firma electrónica: conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante.
- Interoperabilidad: capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.
- Interoperabilidad organizativa: es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a la capacidad de las entidades y de los procesos a través de los cuales llevan a cabo sus actividades para colaborar con el objeto de alcanzar logros mutuamente acordados relativos a los servicios que prestan.
- Interoperabilidad semántica: es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a que la información intercambiada pueda ser interpretable de forma automática y reutilizable por aplicaciones que no intervinieron en su creación.
- Interoperabilidad técnica: es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a la relación entre sistemas y servicios de tecnologías de la información, incluyendo aspectos tales como las interfaces, la interconexión, la integración de datos y servicios, la presentación de la información, la accesibilidad y la seguridad, u otros de naturaleza análoga.
- Interoperabilidad en el tiempo: es aquella dimensión de la interoperabilidad relativa a la interacción entre elementos que corresponden a diversas oleadas tecnológicas; se manifiesta especialmente en la conservación de la información en soporte electrónico.
- Nodo de interoperabilidad: organismo que presta servicios de interconexión técnica, organizativa y jurídica entre sistemas de información para un conjunto de administraciones públicas bajo las condiciones que éstas fijen.
- Servicio de interoperabilidad: cualquier mecanismo que permita a las administraciones públicas compartir datos e intercambiar información mediante el uso de las tecnologías de la información.
Tema 11
Tema 11. Instrumentos para el acceso electrónico a las Administraciones públicas: sedes electrónicas, canales y puntos de acceso, identificación y autenticación. Infraestructuras y servicios comunes.
Sedes electrónicas
Identificación y autenticación
- AutoFirma: aplicación del Ministerio de Hacienda que se instala en local y permite firmar documentos.[7]
- @Firma: similar a AutoFirma, permite firma múltiple, co-firma y contra-firma. En la co-firma (o en línea) todos los firmantes están al mismo nivel, no importa el orden en el que se firma. En la contra-firma (o en cascada) cada firma refrenda o certifica la firma del firmante anterior.[8]
- Cl@ve: es un sistema de Identificación, Autenticación y Firma Electrónica para los ciudadanos común a todo el Sector Público Administrativo Estatal, basado en el uso de claves concertadas. Permite la firma electrónica (desde cualquier dispositivo que tenga conexión a Internet y sin ningún equipamiento adicional) mediante certificados electrónicos centralizados, es decir, almacenados y custodiados por la Administración Pública.[9] Las claves pueden ser de un solo uso (OTP, one time password) o claves permanentes (para personas que necesitan acceder frecuentemente a los servicios electrónicos de la Administración).[10]
- eCoFirma: realizada por el Ministerio de Industria, permite generar y validar firmas electrónicas en formato XML XAdES.
- eVisor: aplicación web de generación de copias auténticas e informes de firma en PDF.
- FIRe: componente que integra servicios de firma en local y en la nube.
- Port@firmas: permite incorporar la firma electrónica en los flujos de trabajo de una organización.
- VALIDe: servicio de validación de firmas y certificados online de los principales prestadores de servicios de certificación reconocidos en España. Servicios ofrecidos: validación de certificados X.509, validación de firma (y del certificado que la generó), realización de firma electrónica.[11]
Otros
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Pregunta relacionada en
2016 (IL)
El Punto de Acceso General (PAG) de la Administración General del Estado es https://sede.administracion.gob.es.
Pregunta relacionada en
2016 (PI)
La finalidad de SICRES 3.0 es normalizar el intercambio de asientos y documentos electrónicos entre oficinas de registro presenciales o electrónicos.
Las extensiones de los certificados al ser exportados son:[12]
- .p12: copia de seguridad con clave privada de un certificado exportado desde Firefox.
- .pfx: igual que .p12 pero exportado desde Internet Explorer.
- .cer: formato de exportación de clave pública.
- .crt: formato de exportación de clave pública.
Fuentes
- Para confeccionar estos apuntes se han utilizado en ocasiones artículos de Wikipedia.
Referencias
- ↑ Gobierno Abierto
- ↑ Reutilización de la información del sector público
- ↑ Actos legislativos
- ↑ Base legal de firmas electrónicas
- ↑ ¿Qué es el DNI electrónico?
- ↑ Glosario de términos (AGPD)
- ↑ Aplicaciones de firma
- ↑ Firmas múltiples
- ↑ Sistema CL@VE - Qué es
- ↑ Sistema CL@VE - Definiciones
- ↑ VALIDe
- ↑ Diferencias entre .pfx .p12 .cer y .crt
Enlaces externos
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